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RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 13 de diciembre de 2013, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de cebo con capacidad para 6.420 plazas (770,40 UGM), situada en el polígono 501, parcela 216, del término municipal de Langa del Castillo (Zaragoza), y promovida por Salvador Hermanos, S. C. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2016/04341).

Publicado el 03/05/2017 (Nº 82)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 9 de mayo de 2016, se presenta escrito en este Instituto, por D. Juan Jesús Sánchez Vallejo, en representación de Salvador Hermanos, S. C., con CIF: J-50981299, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de 25 de abril de 2016.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de 20 de mayo de 2005, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 8 de junio de 2005, se formuló la declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación hasta 6.000 plazas (720 UGM) de la explotación porcina de cebo, ubicada en el polígono 501, parcela 216, del término municipal de Langa del Castillo (Zaragoza), y promovida por Salvador Hermanos, S. C. (Número Expte. INAGA 500301/02/2004/06426).

Segundo.- Mediante Resolución de 15 de mayo de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 64, de 30 de mayo de 2007, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada de la explotación por ampliación del plazo de inicio de actividad hasta el 8 de diciembre de 2008 (Número Expte. INAGA 500301/02/2007/03718).

Tercero.- Mediante Resolución de 6 de abril de 2009, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 86, de 8 de mayo de 2009, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada de la explotación por concesión de prórroga de inicio de actividad hasta el 21 de enero de 2011 (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/00743).

Cuarto.- Mediante Resolución de 26 de abril de 2011, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 98, de 20 de mayo de 2011, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada de la explotación por ampliación del plazo de inicio de la actividad hasta el 21 de enero de 2013 (Número Expte. INAGA 500301/02/2011/00449).

Quinto.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se renovó y actualizó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo descrita, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 16, de 24 de enero de 2014 (Número Expte. INAGA 500601/02/2012/06057).

Sexto.- Mediante Resolución de 22 de agosto de 2014, de este Instituto, se procede a la modificación puntual de dicha autorización ambiental integrada por ampliación del plazo de inicio de actividad hasta el 15 de enero de 2015 y aumento de las dimensiones de la nave proyectada (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/06382).

Séptimo.- Mediante Resolución de 25 de abril de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por incremento de capacidad hasta 6.420 plazas (770,04 UGM) (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/02814).

Octavo.- Se adjunta una memoria realizada por el ingeniero técnico agrícola D. Juan Jesús Sánchez Vallejo, al servicio de Aratria Asesores, en febrero de 2017, en la se presenta la relación de parcelas vinculadas a la explotación junto con los documentos de cesión de la superficie y un plan de fertilización, de manera que queda justificado que la explotación dispone de superficie agrícola suficiente para la gestión del estiércol producido tras la ampliación.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 13 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Langa del Castillo (Zaragoza), promovida por Salvador Hermanos, S. C., en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1. Actualizar la autorización ambiental integrada a la sociedad Salvador Hermanos, S. C., con NIF: J50981299, para su explotación porcina de cebo, ubicada en el polígono 501, parcela 216, coordenadas UTM ETRS89, huso 30: X = 636.334 / Y = 4.563.298, en el término municipal de Langa del Castillo (Zaragoza), para una capacidad de 6.420 UGM (770,40 UGM). La presente actualización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 16 de marzo de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL